viernes, 18 de octubre de 2013

Obtención de etiquetas energéticas en la Comunidad de Madrid

Durante estos días hemos obtenido la etiqueta energética de su inmueble a varios de nuestros clientes, a los que registramos su certificado de eficiencia energética de manera gratuita en el Registro de Certificados Energéticos de la Comunidad de Madrid.

A pesar de la improvisación inicial, pocos meses la Comunidad de Madrid ha logrado "engrasar" su sistema de emisión de etiquetas energéticas de edificios y viviendas. De manera telemática y con un formulario de registro algo más sencillo que el aprobado inicialmente, en tres días podemos descargar la etiqueta energética de un inmueble, tras el registro del certificado energético.

Más información sobre la etiqueta energética de la Comunidad de Madrid | Etiquetas energéticas Madrid

lunes, 14 de octubre de 2013

¿Quieres pagar menos luz?

Esto también es eficiencia energética: La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha puesto en marcha una iniciativa destinada al ahorro en la factura de electricidad de las familias, consistente en una compra colectiva de energía como instrumento de ahorro para los consumidores.

Cualquiera puede adherirse a la primera subasta de energía que se realiza en España, donde las grandes compañías eléctricas tendrán que pujar para ofrecer la mejor tarifa del mercado. Esta iniciativa cuenta con precedentes de éxito en otros países como Alemania, Bélgica, Holanda, Inglaterra o Portugal. 

Certificación eficiencia energética | Más información en www.quieropagarmenosluz.org

viernes, 20 de septiembre de 2013

¿Cuánto cuesta un certificado energético?


Los honorarios por la realización del certificado energético son libres. Cada técnico fija el coste que tiene sus servicios, por lo que actualmente existe una gran variedad de precios en el incipiente mercado de la certificación energética.

En cualquiera de los casos, el precio del certificado energético debe comprender la visita al inmueble para determinar su eficiencia energética, la realización del trabajo de oficina para la emisión del certificado de eficacia energética, los gastos derivados de desplazamientos, administración y facturación y su inscripción en el Registro de certificados energéticos la Comunidad de Madrid, además de otros costes indirectos como colegiación, seguros de responsabilidad civil, seguros sociales, impuestos, etc. Difícilmente estos gastos necesarios se pueden cubrir con menos de 100 euros, si nos ceñimos a la legalidad vigente.

Frente a las numerosas empresas piratas que ofertan grandes descuentos, le ofrecemos la tranquilidad de tramitar su certificado energético en Madrid con un equipo profesional formado por arquitectos, de manera ágil y sencilla y con unos honorarios ajustados a la realidad económica actual de las familias españolas.

En Santamarta Arquitectos nos encargamos de tramitar su certificado energético con una de las tarifas más económicas del mercado. Puede consultarlas aquí o pedir presupuesto sin compromiso en los teléfonos 620291100 y 912826206 o a través del formulario de contacto de nuestra página web.

Más información en http://www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

miércoles, 18 de septiembre de 2013

¿Quién puede emitir los certificados energéticos?

El Real Decreto de Certificación Energética define al técnico competente para la emisión de certificados de eficiencia energética como aquel "técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o haya acreditado la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según lo que se establezca mediante la orden prevista en la disposición adicional cuarta."

Según esto, los 
arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros son los únicos técnicos habilitados para emitir certificados de eficiencia energética, si bien "mediante Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados energéticos, así como los medios de acreditación".

Frente a las numerosas empresas piratas que ofertan grandes descuentos,
Santamarta Arquitectos le ofrece la tranquilidad de tramitar su certificado energético con un equipo profesional formado en exclusiva por arquitectos superiores.

Más información sobre certificados de eficacia energética en http://www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com/certificacion-eficiencia-energetica-madrid.html

¿Cómo se hace un certificado energético?

Lo primero es la inspección de la vivienda por parte del técnico para tomar los datos necesarios para determinar la eficiencia energética del inmueble (orientación, tipo de muros, ventanas, instalaciones de agua caliente, calefacción y aire acondicionado, etc.). La duración de esta visita dependerá del tamaño y características de la vivienda o edificio a inspeccionar, pero no debería ser superior a una hora.

Tras la inspección se realiza el trabajo de oficina, donde el técnico redacta el informe en el programa informático que genera el certificado energético, que se entregará al cliente en un plazo de dos o tres días.

Posteriormente se registrará el certificado energético en la Comunidad de Madrid para obtener la etiqueta energética del inmueble. Este documento será enviado a la dirección indicada tras su comprobación y registro, si bien actualmente se está demorando como consecuencia de la puesta en marcha del proceso de certificación energética.

Más información sobre certificados de eficiencia energética en http://www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com/certificacion-eficiencia-energetica-madrid.html

lunes, 16 de septiembre de 2013

¿A qué obliga el certificado energético?

Los propietarios que quieran vender o alquilar una vivienda deberán contratar su certificado energético y registrarlo en la Comunidad de Madrid para obtener la etiqueta energética de su inmueble. Desde el mismo momento en el que se publica el anuncio existe la obligación legal de disponer del certificado de eficiencia energética.

El
certificado energético tiene una validez de diez años y no obliga a realizar ninguna mejora en el inmueble, sino que únicamente existe la obligación legal de disponer de él, si bien no tenerlo puede acarrear importantes sanciones.

Más información sobre el certificado energético en http://www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com/certificacion-eficiencia-energetica-madrid.html

¿Qué es el certificado energético?

Desde el día 1 de junio el certificado energético es obligatorio para todas las viviendas, locales y oficinas en venta o alquiler. Este documento, emitido por arquitectos y técnicos habilitados, clasifica... los inmuebles según su consumo de energía, de forma similar a la etiqueta energética de los electrodomésticos. El objetivo final es mejorar la eficiencia energética de las construcciones.
 
 

martes, 10 de septiembre de 2013

Balance de tres meses de certificado energético

Tres meses después de la entrada en vigor del certificado energético obligatorio, sigue existiendo una cierta psicosis entre los técnicos y mucha desinformación entre los propietarios de viviendas en lo que respecta a esta normativa.

Desde comienzos de año, existía una gran expectación por parte de los arquitectos y técnicos que veían en la certificación energética de edificios una tabla de salvación, dada la terrible situación que sufre el sector de la construcción y los profesionales implicados en el mismo. Hace sólo unos meses se multiplicaban los cursos y programas especializados en certificación energética, impartidos por colegios profesionales y empresas privadas.

Cuando en el mes de abril se conoció la fecha oficial de entrada en vigor del ansiado Real Decreto 235/2013, todo parecía indicar que no faltaría trabajo para todos aquellos técnicos que apostaran por el certificado energético.

Tres meses después de su entrada en vigor, las cosas no marchan como nos hubiera gustado a todos. Cualquiera que se dedique a esto podrá comprobar cómo todavía sigue existiendo gran desinformación entre la población respecto al certificado energético, debido a que desde el Ministerio de Industria no se ha llevado a cabo una campaña de información eficaz que ayude a comprender la naturaleza de esta nueva regulación, sobre todo cuando afecta a tantos propietarios de viviendas.

A día de hoy no falta el trabajo en la certificación energética de viviendas, pero no en las condiciones que todos esperábamos, ni el trabajo se paga tan bien como se hizo creer a todos. La posición dominante de bancos y grandes inmobiliarias a la hora de negociar e incluso imponer precios de derribo para los certificados energéticos de sus inmuebles, ha provocado que los honorarios hayan bajado considerablemente. Esta situación, unida a que los técnicos de certificación energética no encuentran todo el trabajo que esperaban debido a la fuerte competencia, ha provocado el desánimo en algunos de ellos.

Creemos que es el momento de pedir paciencia a los propietarios de viviendas y a los profesionales del sector, puesto que será cuestión de tiempo que el certificado energético termine de implantarse y que el coste del certificado de eficiencia energética se estabilice a niveles más razonables, haciendo que sólo los profesionales que se dediquen con más intensidad y medios a certificar viviendas perduraren en el tiempo.
 
Por nuestra parte, seguiremos trabajando para acercar el certificado energético a los ciudadanos y para dar el mejor servicio a todos los clientes que nos reclamen este servicio.

Más información en nuestra web de certificación eficiencia energética en Madrid.

miércoles, 5 de junio de 2013

Preguntas frecuentes sobre el certificado energético obligatorio para viviendas





A escasos días de la entrada en vigor del certificado energético de viviendas, obligatorio para vender o alquilar casas de segunda mano, la mayoría de propietarios ignoran la nueva normativa de certificación de eficiencia energética, aprobada por Real Decreto el 13 de abril.

La desinformación y las dudas envuelven esta etiqueta energética que indica el consumo de energía de las casas. Un desconocimiento que, sin embargo, no eximirá de multas de hasta 6.000 a los infractores en materia de eficiencia energética.
 


Un reciente artículo del periódico El Mundo recoge algunas de las preguntas más habituales relacionadas con los nuevos certificados energéticos obligatorios:

¿Qué es el certificado de eficiencia energética? Documento que refleja el consumo energético de una vivienda, como en los electrodomésticos. Informará de este gasto de energía al potencial comprador o inquilino. Podría condicionar el precio o renta del inmueble en el futuro.

¿Deberá aparecer en los anuncios de venta o alquiler de las viviendas? En todos. Tanto en papel como en internet o en cualquier otra plataforma.

¿Cuándo entra en vigor? El 1 de junio de 2013.

¿Habrá un periodo de transición para su puesta en marcha? No. Desde la fecha marcada, quien comercialice su casa deberá mostrar la etiqueta o será sancionado.

¿Qué casas deberán tenerlo? Todas las usadas -las nuevas y deben disponer de él desde 2007- que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no cuenten ya con un certificado en vigor.

¿Hay excepciones? Sí. Construcciones con previsión de uso igual o inferior a dos años, edificios aislados con menos de 50 metros, edificios comprados para su demolición, edificios de pisos objeto de alquiler durante menos de cuatro meses al año, o que gasten un 25% de la energía que consumirían si están ocupados todo el año.

¿Que formas hay de obtenerlo? Individual (para una sola vivienda) o comunitario –más barato– (para el edificio que marca la calificación de todas sus viviendas, aunque un propietario puede modificar la de su piso si ha hecho mejoras).

¿Por qué se pone en marcha? Responde a una Directiva europea de 2010 que busca crear edificios y casas de alta eficiencia energética.

¿Qué parámetros servirán para fijar la calificación de la vivienda? Aislamiento (paredes, techos, suelos, ventanas, balcones, etc.), orientación, sistemas de generación de energía y combustible que utilizan, instalación de agua caliente sanitaria, sistemas lumínicos, tipo de cocina, etc.

¿Dirá cómo ahorrar energía? Sí. Deberá incluir recomendaciones de mejora de los niveles óptimos de eficiencia –incluidos plazos de recuperación de la inversión–.

¿Obligará a hacer reformas? En ningún caso.

¿Reflejará reformas recientes? Sí, siempre que estén acreditadas y hayan supuesto una mejora de los elementos o de sus instalaciones.

¿Cómo se solicita? El propietario elegirá a técnicos profesionales individuales habilitados o a compañías especializadas.

¿Quiénes podrán expedirlo? Técnicos con titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas. Los expertos se quejan de que se trata de "multitud de titulaciones y cualificaciones aún por aclarar".

¿Cuánto tardará en tramitarse? Unos 10 días naturales como máximo, desde la llamada al técnico hasta su entrega. Por la competencia, habrá empresas que incluso aseguren hacerlo en 24 horas.

¿Cuál será su precio? El coste variará según la persona o empresa que lo expida y lo marcará el mercado (oferta-demanda). Según algunos expertos, costará unos 150-200 euros para un piso medio -sin contar las tasas administrativas-.

¿Qué tasas se cobrarán? Aún están sin especificar. Las comunidades autónomas disponen de tres meses, desde el 13 de abril, para aprobar la regulación regional.

¿Tendrá fecha de caducidad? Validez máxima de 10 años. Cada comunidad fijará las condiciones para su actualización. El propietario será el responsable de renovarlo y actualizarlo voluntariamente.

¿Deberá registrarse oficialmente? El documento reconocido tendrá que inscribirse en el correspondiente registro que creará cada región. Podrá hacerse, en el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, por vía telemática o presencial.

¿Quién vigilará su cumplimiento? El órgano competente de cada comunidad, que podrá delegar en agentes independientes autorizados para este fin. Se realizará sobre una selección aleatoria que comprobará los datos utilizados para emitir el certificado.

¿Qué sanciones conllevará? Desde 300 a 6.000 euros, según la infracción (leve, grave o muy grave). Si el infractor hubiera obtenido rédito económico por el incumplimiento de la normativa que fuera superior al importe de la sanción, se impondrá una multa por un importe equivalente a dicho beneficio.

¿Podrá cerrarse una compraventa sin certificado? Sí. El notario deberá informar en ese caso al comprador y éste dar su consentimiento. La escritura reflejará esta exoneración.

La persona que compre una casa sin etiqueta, ¿podrá ser multado? No tiene ninguna responsabilidad. La obligatoriedad es del vendedor.
 
Ya puede solicitar su certificado energético a los técnicos habilitados de Santamarta Arquitectos a través del teléfono 620 29 11 00 o de la página web Certificación eficiencia energética Madrid

sábado, 1 de junio de 2013

El certificado energético de viviendas ya es obligatorio

Desde el día 1 de junio las viviendas en venta o en alquiler deberán contar con un certificado de eficiencia energética que indique su consumo de energía. Los propietarios que comercialicen sus casas sin esta etiqueta podrán ser sancionados con hasta 6.000 euros, según lo dispuesto en el Real Decreto de Certificación de Eficiencia Energética aprobado por el Ejecutivo.

Este certificado energético, además de la calificación energética del edificio o vivienda, debe incluir información objetiva sobre las características energéticas de los inmuebles, y, en el caso de edificios existentes, un documento de recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del edificio o vivienda, de forma que se pueda valorar y comparar con otros inmuebles.

Esta normativa forma parte de un paquete de medidas aprobadas en abril por el Gobierno, relativas al apoyo a la vivienda y a la rehabilitación de edificios, y tiene como objeto trasponer a la legislación española la directiva comunitaria acerca del procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.

El Gobierno aprobó el 5 de abril el Real Decreto que establecía la obligatoriedad de este certificado y más tarde, el Partido Popular introdujo vía enmienda en el proyecto de Ley de Rehabilitación un listado de sanciones que van desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.

Según este proyecto, se entenderá por falta leve el no citar el certificado de eficiencia energética en la oferta de la vivienda o incumplir la normativa relativa a su renovación; será grave cuando no se presente el certificado ante la comunidad autónoma para su inscripción en el registro de certificados energéticos o cuando no se entregue al comprador o al inquilino; y, finalmente, se considerará muy grave no contar con el certificado energético o haber falseado la información para obtenerlo.

La enmienda del PP contempla también sanciones en materia de certificación energética superiores a los 6.000 euros "en los casos en que el beneficio que el infractor haya obtenido por la comisión de la infracción fuese superior al importe de las sanciones en cada caso señaladas", en cuyo caso "la sanción se impondrá por un importe equivalente al del beneficio obtenido".

Como herramienta de obtención de los certificados energéticos, el IDEA ha elaborado los programas informáticos de tasación energética CE3 y CE3X, ambos a disposición de los técnicos certificadores. Este organismo también se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para instruir a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de los encargados del control e inspección de las etiquetas energéticas.

Ya puede solicitar su certificado energético a los técnicos habilitados de Santamarta Arquitectos a través del teléfono 620 29 11 00 o de la página web Certificación eficiencia energética Madrid

jueves, 30 de mayo de 2013

Las comunidades autónomas son las encargadas del registro de los certificados energéticos

A partir del 1 de junio de 2013, quien quiera vender o alquilar su vivienda deberá contar con un certificado energético emitido por un técnico habilitado de eficiencia energética, esto es un arquitecto colegiado o un ingeniero habilitado para ello.

A día de hoy son muchos los propietarios de un inmueble que ya cuentan con su certificado energético, pero desconocen dónde deben registrarlo para poder completar todo el proceso.

El Real Decreto de Certificación Energética que regula la obligatoriedad de disponer de estos certificados de eficiencia energética ha traspasado las competencias de su registro a las Comunidades Autónomas. Además del precio que los propietarios deberán abonar a los profesiones expertos en certificación energética, en algunas comunidades tendrán que pagar una tasa adicional por registrarlos.

Según se ha sabido, la Comunidad de Madrid no cobrará tasas para los certificados energéticos en Madrid, mientras que en Valencia las tasas serán de entre 20 y 25 euros por certificado. En otras comunidades las tasas bajan considerablemente. Así, por ejemplo, en Baleares se pagarán 4,78 euros, en Castilla-La Mancha 3 euros y alrededor de 12 euros en Galicia, donde dependerá de la superficie del inmueble. Canarias, Navarra, Cantabria, Asturias, La Rioja o País Vasco no aplicarán tasa alguna. El resto de regiones aún no han definido el coste del registro energético.


No contar con el certificado de eficiencia energética puede acarrear importantes sanciones a los propietarios de los inmuebles, con multas entre 300 y 6.000 euros. La obligatoriedad de contar con el certificado energético para poder anunciar la venta o alquiler de un inmueble se ha echado encima de las administraciones regionales, a quienes el Gobierno ha transferido las competencias de la certificación energética y muchas de ellas aún no cuentan con técnicos habilitados de certificación energética.

A las comunidades autónomas les corresponde el registro de certificados energéticos y también formar el equipo técnico y sancionador encargado del control técnico y administrativo de las certificaciones energéticas y la obligación de aplicar las sanciones correspondientes. 

Ya son cinco las comunidades con su registro habilitado: Castilla-La Mancha, Asturias, Murcia, Baleares y Canarias. Canarias dispone de un registro habilitado para que los técnicos certificadores energéticos puedan registrar cada certificado de eficiencia energética on-line. Al hacerlo obtendrán, además del certificado sellado, la etiqueta energética oficial que mostrar en los anuncios de venta o alquiler del inmueble.

En Murcia y Castilla La Mancha también se pueden registrar los certificados energéticos on-line, dando también la opción de registro presencial. En Baleares y Asturias, de momento el registro es presencial y en Cantabria también deberá registrarse físicamente

Otras comunidades habilitarán su registro de certificados de eficiencia energética el día 1 de junio: Madrid, Cataluña, Castilla y León, Navarra y La Rioja, todas ellas de modo telemático.

Para tramitar su certificado energético en Madrid
puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

sábado, 25 de mayo de 2013

Así es la etiqueta oficial de calificación energética del edificio terminado

Este es el formato oficial que debe tener la etiqueta de eficiencia energética obtenida a partir del certificado energético obligatorio a partir del día 1 de junio para todos los propietarios que deseen alquilar o vender su inmueble.

1) La etiqueta de eficiencia energética de edificios en todo el territorio español se ajustará al contenido del siguiente modelo:


2) Se tendrán en cuenta una serie de especificaciones relativas al contenido, tamaño y disposición de los distintos elementos, tipos de letra, etc.

3) Escala de calificación energética para edificios destinados a vivienda:

Los edificios de viviendas regulados por este procedimiento básico tendrán una clasificación energética de acuerdo con la tabla I, tanto si corresponde a viviendas unifamiliares como en edificio de vivienda plurifamiliar:



Para tramitar su certificado energético en Madrid puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

lunes, 20 de mayo de 2013

Infracciones y sanciones en materia de certificación energética

El partido del Gobierno (Partido Popular) ha incorporado a través de dos enmiendas al proyecto de Ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas el listado de infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y viviendas, así como el régimen sancionador de las mismas.

Según este proyecto, se considerarán infracciones muy graves falsear la información en la expedición o registro de los certificados energéticos, actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar la habilitación pertinente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero), y publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado de eficiencia en vigor debidamente registrado.
 
Las infracciones graves serán incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado de eficiencia energética ante la comunidad autónoma para su registro, no incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble, exhibir una etiqueta energética que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario.

Finamente, constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado sin hacer mención a su calificación energética, no exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos, expedir certificados energéticos sin la información mínima, incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el Libro del Edificio y publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.

Adicionalmente, en materia de certificación de eficiencia energética, será infracción grave la reincidencia, cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción, y será muy grave si durante los tres años anteriores se hubiera impuesto una sanción firme por la misma actuación. Las comunidades autónomas tendrán las competencias en materia de clasificación energética, que afectará a las personas físicas o jurídicas, o a las comunidades de bienes que las cometan "aun a título de simple inobservancia".


En cuanto a las sanciones en materia de certificación energética, será de 300 a 600 euros por las infracciones leves, de 601 a 1.000 euros por las graves, y de 1.001 a 6.000 euros las muy graves. No obstante, si el beneficio que el infractor hubiera obtenido por la infracción fuera superior al importe de la sanción se impondrá por un importe "equivalente" al de dicho beneficio, teniéndose en cuenta en la graduación el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración.

Además, en este sentido, las enmiendas 'populares' proponen la creación de un registro de certificados energéticos integrado en el que se recopilen las copias de todos los informes, que los propietarios de los inmuebles deberán remitir obligatoriamente al organismo que determine cada comunidad autónoma, así como también los informes que acrediten la realización de las obras que sean necesarias en cada caso.

El Partido Popular alega que "es preciso que exista un mecanismo que permita aglutinar la información" de los Informe de Evaluación de los Edificios (IEE), registro que deberá pasar por las comunidades autónomas, que son los que tienen las competencias en urbanismo y vivienda. Toda la información de certificados energéticos deberá estar coordinada para ser transmitida a la Administración General del Estado.


Para tramitar su certificado energético en Madrid puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

miércoles, 15 de mayo de 2013

El certificado de eficiencia energética, obligatorio para vender o alquilar viviendas

A partir del 1 de junio de 2013, los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda no podrán hacerlo si no tienen el certificado de eficiencia energética del inmueble que describa lo eficaz que es en cuanto al consumo de energía.

Este requisito es obligatorio por el Real Decreto de Certificación Energética aprobado por el Consejo de Ministros a principios de abril y publicado en el BOE el día 13 de abril de 2013.

La etiqueta energética deberá aparecer en todos los anuncios, ofertas, promociones y publicidad dirigida a la venta o alquiler de cualquier inmueble. Esta etiqueta energética que indica el nivel de calificación energética del inmueble, utilizará un código de color y una letra –del verde al rojo y de la A a la G-, según el consumo energético del inmueble, siendo la A la clasificación energética más alta (mayor ahorro) y la G, la más baja (mayor gasto).

Los profesionales de certificación energética reconocen la escasa información que se ha ofrecido por parte del Gobierno y la falta de interés por parte de los particulares que quieren vender o alquilar su vivienda a la hora de certificar inmuebles. En el caso del alquiler de viviendas, al ser un mercado poco transparente, los técnicos expertos dudan de que los propietarios vayan a ponerse al día con el certificado energético, aunque su inexistencia puede invalidad cualquier contrato, ya sea de alquiler como de compraventa.

Expertos en certificación energética advierten de que quien no cumpla esta normativa incurre en una infracción en materia de defensa de los consumidores y será sancionado según la ley. Cada Comunidad Autónoma será la responsable de registrar los certificados y de llevar a cabo inspecciones para asegurarse del cumplimiento de la obligación de certificación energética, dando cuenta al Ministerio de Industria.


Según los certificadores, este periodo de adaptación se antoja escaso para que el Ministerio de Industria informe debidamente a los ciudadanos sobre el nuevo certificado energético obligatorio. Es por ello que recomiendan a los propietarios no esperar hasta el último momento para adquirir el certificado energético de la vivienda, puesto que el número de inmuebles sujetos a esta nueva obligación puede superar el millón en toda España.

Los técnicos competentes para emitir y firmar el certificado energético de viviendas serán los que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), esto es, arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros. El precio del certificado energético de un piso depende, entre otros factores, de la tipología y las dimensiones del inmueble. Los honorarios son libres, pero según los cálculos de los expertos consultados, una tasación energética puede rondar los 200 euros para una vivienda tipo 100 metros cuadrados.

Al propietario de viviendas, locales u oficinas que no cumpla con la obligación de entregar el certificado energético a un nuevo inquilino o comprador de la vivienda le espera una sanción en materia de certificación de eficiencia energética que puede llegar hasta los 6.000 euros. Por su parte, las comunidades autónomas deberán habilitar un registro de certificados energéticos, donde se registrarán estos documentos.

Algunos propietarios consideran que la 
etiqueta energética de viviendas es un nuevo gasto, pero en los países donde ya está en vigor esta normativa se ha demostrado la utilidad de esta normativa a la hora de comparar inmuebles por parte de los propietarios.

Es por esto que los expertos advierten del perjuicio que puede tener para la calificación energética de la vivienda contratar a un técnico certificador sin los conocimientos específicos necesarios para optimizar el certificado. Algunos expertos en certificación energética estiman que más del 80% de los inmuebles se situarán entre la letra E y la G.

La realización de un certificado por parte de técnicos no cualificados va en perjuicio de la
clasificación energética, puesto que las opciones más básicas y por lo tanto más rápidas son conservadoras en cuanto a la clase energética que puede alcanzar un inmueble.

Ya puede contratar su certificado energético profesional en el teléfono 620291100 o a través de la web www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

viernes, 10 de mayo de 2013

La termografía como medida para mejorar la eficiencia energética de los edificios

Desde el punto de vista de su eficiencia energética, casi todos los edificios son imperfectos, puesto que no soportan bien el invierno y pierden el calor que producen o no son capaces de mantenerse frescos en verano. El nuevo certificado energético obligatorio pretende cuantificar la eficiencia energética de cada inmueble.

Esto es especialmente relevante en 
edificios antiguos, que pueden perder hasta un 30% de energía por la cubierta y otro 25% por el deficiente aislamiento térmico de las puertas, balcones y ventanas de sus fachadas.

Hasta hace pocos años, la precisión a la hora de medir la
eficiencia energética de los edificios era difícil de obtener y conocer los detalles podía resultar muy difícil, pero ahora esto ha cambiado, con las novedades legislativas y especialmente con las nuevas técnicas a disposición de los técnicos certificadores.

Actualmente existen técnicas para hacer el cálculo de la calificación energética. Una de ellas es la termografía, un sistema que permite medir ambos factores in situ y en tiempo real mediante cámaras termográficas, pudiendo averiguar por qué partes de la envolvente del edificio se están produciendo pérdidas de energía al exterior y conocer cuáles son las debilidades del mismo, así como problemas de humedades o fallos de aislamiento.

Las fotografías termográficas son muy reveladoras de los
problemas energéticos de los edificios, por lo que cada vez existe más demanda de termografías para conocer la eficiencia energética de las viviendas, una herramienta que también podrá usar un certificador a fin de incluir recomendaciones de reforma del inmueble en el certificado de eficiencia energética.

Los
tasadores energéticos o las empresas especializadas en certificación energética podrán ofrecérselo al cliente como un extra para el diagnóstico de patologías, pero no es indispensable para la realización de certificados energéticos. Aplicando medidas de eficiencia energética los propietarios de algunos edificios podrían ahorrar en torno a un 50% de la energía.

Lo ideal sería plantear una rehabilitación energética, donde algunas de las más destacadas son el aislamiento de las fachadas y la sustitución de las ventanas. En
edificios históricos y fachadas protegidas, las acciones de rehabilitación de edificios no serán iguales que en inmuebles convencionales. Los expertos recomiendan hacer estudios interiores para comprobar la viabilidad y diseñar proyectos de rehabilitación específicos para cada inmueble.

Ya puede contratar su certificado energético profesional en el teléfono 620291100 o a través de la web
www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

domingo, 5 de mayo de 2013

Diez trucos para ahorrar energía en nuestra vivienda

 Ante la entrada en vigor de los certificados de eficiencia energética obligatorios, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y Ecologistas en Acción han publicado algunas de las principales medidas que podemos llevar a cabo para ahorrar energía en nuestro hogar. Estos son:

1. Cambiar las
carpinterías de las ventanas por unas más aislantes como las de PVC, que suponen el doble de aislamiento térmico que una ventana convencional de aluminio.

2. Reemplazar las bombillas por otras
de bajo consumo o LED, que utilizan menos energía eléctrica para producir la misma iluminación y además tienen una vida útil mucho más larga que las incandescentes.
3. Instalar electrodomésticos de
alta calificación energética, cuyo gasto de energía se indica en las etiquetas energéticas.

4. Instalar
termostatos y temporizadores en los hogares para controlar las instalaciones de calefacción y refrigeración, lo que puede aumentar de forma considerable la eficiencia energética de nuestra vivienda.

5. No dejar cargadores enchufados ni aparatos en "standby", pues consumen cerca de
un 10% de la factura eléctrica.

6. Mejorar los hábitos en la utilización de los grifos -no dejarlos abiertos más que lo necesario- y vigilar los grifos mal cerrados o que presenten fugas.

7. Instalar un cabezal eficiente en la ducha y en los grifos, que mezcla aire con agua, consumiendo aproximadamente la mitad del agua.

8. Instalar
detectores de presencia en las zonas de paso, como pasillos o escaleras, que activen la luz automáticamente para que esté menos tiempo encendida.

9.
Sustitución de las calderas por otras de condensación o de baja temperatura, que ahorran más de un 25% de energía.

10.
Instalación de ascensores con medidas de mejora de la eficiencia energética, como mecanismos de maniobra selectiva o detectores de presencia para que se active sólo el más cercano al punto de llamada.

A estas recomendaciones se une el reciente anuncio del Gobierno de España, que concederá subvenciones para medidas como el
cambio de calderas o la sustitución de la energía convencional por biomasa o de origen geotérmico.

Ya puede contratar su
certificado energético profesional en el teléfono 620291100 o a través de la web www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com