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miércoles, 18 de septiembre de 2013

¿Quién puede emitir los certificados energéticos?

El Real Decreto de Certificación Energética define al técnico competente para la emisión de certificados de eficiencia energética como aquel "técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o haya acreditado la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según lo que se establezca mediante la orden prevista en la disposición adicional cuarta."

Según esto, los 
arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros son los únicos técnicos habilitados para emitir certificados de eficiencia energética, si bien "mediante Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados energéticos, así como los medios de acreditación".

Frente a las numerosas empresas piratas que ofertan grandes descuentos,
Santamarta Arquitectos le ofrece la tranquilidad de tramitar su certificado energético con un equipo profesional formado en exclusiva por arquitectos superiores.

Más información sobre certificados de eficacia energética en http://www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com/certificacion-eficiencia-energetica-madrid.html

martes, 30 de abril de 2013

La certificación de eficiencia energética de edificios existentes

Durante el mes de abril han surgido importantes noticias en materia de eficiencia energética, como son la aprobación por parte del Gobierno del Real Decreto de certificación energética y su posterior publicación en el BOE

El Real Decreto de certificación energética establece la obligación de poner a disposición de los compradores o arrendatarios de viviendas de un
certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre sus calificación energética.

De esta manera, los certificados de
clasificación energética, similares a las etiquetas energéticas de los electrodomésticos, computarán de la A, más ahorro, a la G, más gasto, permitiendo comparar con el fin de favorecer las medidas de ahorro de energía en los edificios y viviendas.

La certificación de la eficiencia energética de los edificios puede afectar al edificio completo o unidades independientes del mismo y que la certificación solo puede ser emitida por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación, esto es arquitectos o ingenieros.

La normativa publicada establece la obligación de exhibir esta etiqueta de eficiencia energética en edificios públicos y de realizar, por parte de las comunidades autónomas, un registro de certificados de eficiencia energética.

Según se ha publicado estos días, la aplicación del decreto de certificación de eficiencia energética en otros países está suponiendo un ahorro de hasta el 50% en el consumo de energía de algunas construcciones. En Portugal ya se han certificado 500.000 edificios desde 2007 y en España las empresas de consultoría energética esperan que su entrada en vigor dinamice la economía.

Nuestro estudio de arquitectura ya está preparado para la emisión de estos certificados energéticos y contamos con la habilitación del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid. Puede consultarnos sin compromiso en el teléfono 620 29 11 00.