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viernes, 18 de octubre de 2013

Obtención de etiquetas energéticas en la Comunidad de Madrid

Durante estos días hemos obtenido la etiqueta energética de su inmueble a varios de nuestros clientes, a los que registramos su certificado de eficiencia energética de manera gratuita en el Registro de Certificados Energéticos de la Comunidad de Madrid.

A pesar de la improvisación inicial, pocos meses la Comunidad de Madrid ha logrado "engrasar" su sistema de emisión de etiquetas energéticas de edificios y viviendas. De manera telemática y con un formulario de registro algo más sencillo que el aprobado inicialmente, en tres días podemos descargar la etiqueta energética de un inmueble, tras el registro del certificado energético.

Más información sobre la etiqueta energética de la Comunidad de Madrid | Etiquetas energéticas Madrid

jueves, 30 de mayo de 2013

Las comunidades autónomas son las encargadas del registro de los certificados energéticos

A partir del 1 de junio de 2013, quien quiera vender o alquilar su vivienda deberá contar con un certificado energético emitido por un técnico habilitado de eficiencia energética, esto es un arquitecto colegiado o un ingeniero habilitado para ello.

A día de hoy son muchos los propietarios de un inmueble que ya cuentan con su certificado energético, pero desconocen dónde deben registrarlo para poder completar todo el proceso.

El Real Decreto de Certificación Energética que regula la obligatoriedad de disponer de estos certificados de eficiencia energética ha traspasado las competencias de su registro a las Comunidades Autónomas. Además del precio que los propietarios deberán abonar a los profesiones expertos en certificación energética, en algunas comunidades tendrán que pagar una tasa adicional por registrarlos.

Según se ha sabido, la Comunidad de Madrid no cobrará tasas para los certificados energéticos en Madrid, mientras que en Valencia las tasas serán de entre 20 y 25 euros por certificado. En otras comunidades las tasas bajan considerablemente. Así, por ejemplo, en Baleares se pagarán 4,78 euros, en Castilla-La Mancha 3 euros y alrededor de 12 euros en Galicia, donde dependerá de la superficie del inmueble. Canarias, Navarra, Cantabria, Asturias, La Rioja o País Vasco no aplicarán tasa alguna. El resto de regiones aún no han definido el coste del registro energético.


No contar con el certificado de eficiencia energética puede acarrear importantes sanciones a los propietarios de los inmuebles, con multas entre 300 y 6.000 euros. La obligatoriedad de contar con el certificado energético para poder anunciar la venta o alquiler de un inmueble se ha echado encima de las administraciones regionales, a quienes el Gobierno ha transferido las competencias de la certificación energética y muchas de ellas aún no cuentan con técnicos habilitados de certificación energética.

A las comunidades autónomas les corresponde el registro de certificados energéticos y también formar el equipo técnico y sancionador encargado del control técnico y administrativo de las certificaciones energéticas y la obligación de aplicar las sanciones correspondientes. 

Ya son cinco las comunidades con su registro habilitado: Castilla-La Mancha, Asturias, Murcia, Baleares y Canarias. Canarias dispone de un registro habilitado para que los técnicos certificadores energéticos puedan registrar cada certificado de eficiencia energética on-line. Al hacerlo obtendrán, además del certificado sellado, la etiqueta energética oficial que mostrar en los anuncios de venta o alquiler del inmueble.

En Murcia y Castilla La Mancha también se pueden registrar los certificados energéticos on-line, dando también la opción de registro presencial. En Baleares y Asturias, de momento el registro es presencial y en Cantabria también deberá registrarse físicamente

Otras comunidades habilitarán su registro de certificados de eficiencia energética el día 1 de junio: Madrid, Cataluña, Castilla y León, Navarra y La Rioja, todas ellas de modo telemático.

Para tramitar su certificado energético en Madrid
puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

sábado, 25 de mayo de 2013

Así es la etiqueta oficial de calificación energética del edificio terminado

Este es el formato oficial que debe tener la etiqueta de eficiencia energética obtenida a partir del certificado energético obligatorio a partir del día 1 de junio para todos los propietarios que deseen alquilar o vender su inmueble.

1) La etiqueta de eficiencia energética de edificios en todo el territorio español se ajustará al contenido del siguiente modelo:


2) Se tendrán en cuenta una serie de especificaciones relativas al contenido, tamaño y disposición de los distintos elementos, tipos de letra, etc.

3) Escala de calificación energética para edificios destinados a vivienda:

Los edificios de viviendas regulados por este procedimiento básico tendrán una clasificación energética de acuerdo con la tabla I, tanto si corresponde a viviendas unifamiliares como en edificio de vivienda plurifamiliar:



Para tramitar su certificado energético en Madrid puede contactar con Santamarta Arquitectos en el teléfono 620291100 o a través de la página www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

miércoles, 10 de abril de 2013

Aprobado el certificado energético obligatorio para vender o alquilar viviendas

El Consejo de Ministros del viernes 5 de abril de 2013 ha aprobado, tras varios meses de retraso, el Real Decreto que, siguiendo las exigencias de la directiva europea, regula que a partir del 1 de junio de 2013, todo aquel propietario que quiera vender o alquilar su vivienda necesitará un certificado de eficiencia energética.

Todos los edificios construidos antes de 2007 deberán contar con este documento, que recoge las características de un inmueble en cuanto al
consumo de energía. El certificado energético de las viviendas es similar a la etiqueta de clasificación energética de los electrodomésticos y que permite al consumidor conocer aspectos importantes como las emisiones de CO2 de su inmueble o el gasto en calefacción, aire acondicionado, etc.

Las
etiquetas energéticas deberán aparecer en toda la publicidad de venta o alquiler de viviendas, oficinas y locales, clasificándolos con un código de color, del verde al rojo, y una letra, de la A a la G, según su consumo energético, Siendo la A la calificación energética más alta y la G, la más baja.

Entre los factores que determinarán la calificación energética de una vivienda se encuentran los materiales de la fachada y su orientación, las características de las ventanas, el tipo de calefacción y su combustible, etc.

Aunque no será obligatorio tener una
calificación de eficiencia energética mínima, la certificación energética jugará un papel importante en la decisión del posible comprador o arrendador de la vivienda, puesto que el ahorro energético entre dos viviendas de las mismas dimensiones, entre una calificación A y una calificación G, puede ser del 70%. 

Además de los datos necesarios para obtener el certificado energético, cada vivienda o edificio analizado recibirá una serie de recomendaciones de mejora que permitirán aumentar al menos un nivel de eficiencia energética si el resultado es calificación B o C, o dos cuando la vivienda originalmente cuenta con una calificación D, E, F o G.

El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de diez años y su el coste correrá a cargo el propietario de la vivienda, siendo su responsabilidad renovarlo transcurrido el plazo. Dichos certificados energéticos solamente podrán emitirlos arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros. 

El certificador sugerirá
medidas de mejora de eficiencia energética, sin que sea obligatoria su implantación. Los elementos que se podrían reformar para mejorar la calificación energética de una vivienda serían las calderas, las ventanas o el aislamiento térmico.

Los técnicos certificadores insisten en que no es necesario obtener una clasificación energética mínima para poder vender o alquilar una vivienda, como tampoco será obligatorio acometer reformas o una rehabilitación energética en profundidad. 

El real decreto de certificación energética no afecta solamente a las
viviendas o edificios de viviendas, sino también a los locales comerciales y oficinas y a todos los edificios públicos o privados que presten servicios públicos con una superficie útil total superior a 1.000 m2, quedando excluidos los monumentos y edificios protegidos, los utilizados como lugares de culto, inmuebles que vayan a ser demolidos o los edificios de viviendas en alquiler durante menos de cuatro meses al año y los alquileres que tengan una duración anual inferior a cuatro meses.

En
Santamarta Arquitectos contamos con la habilitación profesional del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid para la emisión de los certificados energéticos. Más información en http://www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com